Los barcos de ocio o yates pueden ser registrados bajo la bandera de Panamá. Una vez realizada una solicitud a la Autoridad Marítima de Panamá, todos los yates de placer obtendrán una patente de navegación válida durante 2 años.

Para solicitar un registro de yates de placer, los solicitantes deberán presentar los siguientes documentos:

  • Un poder notarial por el cual se designa a un agente registrado (Gerli & Company) para el buque.
  • Un certificado de borrado del registro anterior o una exención del registro anterior.
  • Prueba en la forma de una factura de venta que el solicitante es el propietario del yate.
  • Carta del propietario del buque que certifique que el buque no se utilizará con fines comerciales.