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La Fundación de Interés Privado de Panamá es uno de los instrumentos de preservación patrimonial más sofisticados disponibles en el mundo. Es un vehículo sui generis — una estructura que se sitúa entre una sociedad y un fideicomiso — que combina las ventajas estratégicas del trust anglosajón con la personalidad jurídica separada de una sociedad. Para family offices, profesionales de planificación fiscal, asesores y bancos que buscan una planificación patrimonial genuinamente segura para sus clientes, la Fundación panameña es frecuentemente la respuesta.
Una Fundación es creada por un Fundador y gobernada por un Consejo de Fundación (el equivalente a una junta directiva), conforme a un Acta Fundacional pública y un conjunto de Reglamentos privados y confidenciales que designan a los beneficiarios y establecen cómo se administrarán y distribuirán los activos. De forma crucial, una Fundación no tiene propietarios ni acciones. Una vez transferidos los activos a ella, estos dejan de pertenecer al Fundador y pasan a ser un patrimonio independiente que pertenece a la propia Fundación.
Esta separación es la fuente del poder de la Fundación. Como los activos ya no son propiedad personal del Fundador ni de los beneficiarios, están, bajo la ley panameña, fuertemente protegidos frente a embargos, medidas cautelares y sentencias extranjeras derivadas de divorcios, reclamos de legítima hereditaria forzosa o litigios comerciales — siempre que la estructura se haya constituido correctamente y no se utilice para defraudar a acreedores existentes.
Gerli & Co. redacta cada Acta Fundacional y sus Reglamentos confidenciales de forma precisa, en torno a los objetivos de planificación patrimonial y transferencia generacional del cliente — no se trata de plantillas rellenadas. Proporcionamos el Consejo de Fundación, el agente residente y la administración continua, integramos la Fundación con las empresas y cuentas bancarias subyacentes cuando corresponde, y mantenemos la estructura en cumplimiento con los requisitos panameños de beneficiario final y conservación de registros. El resultado es una estructura de legado construida para permanecer intocable frente a responsabilidades externas y cumplir exactamente lo que el Fundador pretendía, por generaciones.
Cuando una Fundación forma parte de un grupo multinacional y recibe ingresos pasivos de fuente extranjera, puede aplicar el régimen de Sustancia Económica de Panamá (Ley 526 de 2026). Gerli & Co. gestiona tanto la estructura como su cumplimiento continuo de ESR — vea nuestros servicios de Sustancia Económica y Cumplimiento.