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Fundaciones de Interés Privado de Panamá

La Fundación de Interés Privado de Panamá: Protegiendo el Patrimonio a Través de las Generaciones

La Fundación de Interés Privado de Panamá es uno de los instrumentos de preservación patrimonial más sofisticados disponibles en el mundo. Es un vehículo sui generis — una estructura que se sitúa entre una sociedad y un fideicomiso — que combina las ventajas estratégicas del trust anglosajón con la personalidad jurídica separada de una sociedad. Para family offices, profesionales de planificación fiscal, asesores y bancos que buscan una planificación patrimonial genuinamente segura para sus clientes, la Fundación panameña es frecuentemente la respuesta.

El Funcionamiento

Cómo Funciona la Fundación

Una Fundación es creada por un Fundador y gobernada por un Consejo de Fundación (el equivalente a una junta directiva), conforme a un Acta Fundacional pública y un conjunto de Reglamentos privados y confidenciales que designan a los beneficiarios y establecen cómo se administrarán y distribuirán los activos. De forma crucial, una Fundación no tiene propietarios ni acciones. Una vez transferidos los activos a ella, estos dejan de pertenecer al Fundador y pasan a ser un patrimonio independiente que pertenece a la propia Fundación.

Esta separación es la fuente del poder de la Fundación. Como los activos ya no son propiedad personal del Fundador ni de los beneficiarios, están, bajo la ley panameña, fuertemente protegidos frente a embargos, medidas cautelares y sentencias extranjeras derivadas de divorcios, reclamos de legítima hereditaria forzosa o litigios comerciales — siempre que la estructura se haya constituido correctamente y no se utilice para defraudar a acreedores existentes.

Las Ventajas

Por Qué los Clientes Eligen la Fundación de Panamá

Sucesión fluida. Los activos pasan a los beneficiarios conforme a los deseos privados del Fundador, evitando un proceso sucesorio largo y público, y superando las reglas de legítima hereditaria forzosa.
Confidencialidad. El Acta Fundacional es pública, pero los Reglamentos que designan beneficiarios y distribuciones permanecen privados y confidenciales.
Protección de activos. Sólida protección legal frente a reclamos y sentencias extranjeras cuando está correctamente estructurada.
Control con protección. El Fundador puede conservar facultades de control y reserva cuidadosamente redactadas, y designar un Protector.
Credibilidad. Un vehículo reconocido y probado durante décadas, aceptado por bancos y asesores a nivel internacional.
Redacción a la Medida

Nuestro Servicio de Fundaciones

Gerli & Co. redacta cada Acta Fundacional y sus Reglamentos confidenciales de forma precisa, en torno a los objetivos de planificación patrimonial y transferencia generacional del cliente — no se trata de plantillas rellenadas. Proporcionamos el Consejo de Fundación, el agente residente y la administración continua, integramos la Fundación con las empresas y cuentas bancarias subyacentes cuando corresponde, y mantenemos la estructura en cumplimiento con los requisitos panameños de beneficiario final y conservación de registros. El resultado es una estructura de legado construida para permanecer intocable frente a responsabilidades externas y cumplir exactamente lo que el Fundador pretendía, por generaciones.

Nota de Cumplimiento

Cuando una Fundación forma parte de un grupo multinacional y recibe ingresos pasivos de fuente extranjera, puede aplicar el régimen de Sustancia Económica de Panamá (Ley 526 de 2026). Gerli & Co. gestiona tanto la estructura como su cumplimiento continuo de ESR — vea nuestros servicios de Sustancia Económica y Cumplimiento.

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