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Un yate es a la vez un activo y un santuario, y su registro debe manejarse con la misma discreción y cuidado que la propia embarcación merece. Gerli & Co. registra yates de recreo y de operación comercial bajo la bandera de Panamá y la bandera de las Islas Marshall, asesorando a propietarios, family offices, capitanes y corredores sobre la estructura que mejor protege la privacidad, simplifica la operación y satisface a financistas y aseguradoras.
Panamá goza de reconocimiento internacional — el Canal de Panamá la hizo un nombre familiar en el mundo naviero — pero su influencia marítima va mucho más allá del Canal. Para yates, la bandera de Panamá ofrece un proceso de registro rápido y bien conocido, reconocimiento mundial, y un registro con experiencia tanto en embarcaciones de recreo privadas como de operación comercial. Obtenemos la documentación provisional rápidamente para que el yate pueda navegar, y luego perfeccionamos la patente permanente y la licencia de radio una vez inscrito el título.
Para embarcaciones más grandes y de clase superyate, la bandera de las Islas Marshall es frecuentemente el registro de elección: en lista blanca, favorable al financiamiento, tecnológicamente moderna y bien considerada por la industria de superyates, con una administración flexible para yates privados en uso comercial. Estructuramos la empresa propietaria y registramos el yate a través de International Registries, Inc. (IRI), con el mismo cuidado de principio a fin.
Panamá registra tanto yates privados (de recreo) como de operación comercial, y los requisitos varían según el uso. Para un yate privado, el expediente se centra en la prueba de propiedad, los documentos del propietario o de la empresa propietaria, los datos técnicos y el tonelaje del yate, y la solicitud de licencia de radio; las embarcaciones de recreo más pequeñas se benefician de un proceso simplificado. Un yate de operación comercial además conlleva las obligaciones estatutarias de seguridad, protección y MLC propias de una nave comercial. Al igual que con los buques, un yate que cambia de bandera necesita un certificado de cancelación de su bandera anterior, y los yates de mayor antigüedad o ciertos tipos pueden requerir una inspección de ingreso.
Para megayates, el Registro de Yates de la RMI distingue entre yates privados y yates comerciales (estos últimos fletados con fines de lucro y regidos por los estándares de yates comerciales de la RMI). El vehículo propietario es una entidad de la RMI, o una entidad marítima extranjera calificada. El expediente documental replica el de un registro de buques — prueba de propiedad, la entidad propietaria calificada, tonelaje y, para yates comerciales, certificación estatutaria y de clase completa — con la rapidez y flexibilidad distintivas del registro para yates privados en uso comercial ocasional.
Registro de yates de recreo y comerciales (provisional y permanente).
Constitución de la empresa propietaria para privacidad y protección de activos.
Redacción e inscripción de hipotecas navales para el financiamiento del yate.
Certificados estatutarios y de bandera, licencia de radio y distintivo de llamada.
Documentación de capitán y tripulación, refrendos y libretas de marino.
Cambio de bandera, cambios de nombre, compraventa y cancelación.